Seguros personales / Vida
Seguro de vida
Un seguro de vida no es para ti: es para que los tuyos puedan seguir adelante si un día faltas.
Qué es y para qué sirve
El seguro de vida riesgo paga un capital a las personas que tú designes si falleces. Puedes ampliarlo para cobrarlo tú mismo en caso de invalidez permanente o de una enfermedad grave.
Te ayudamos a calcular cuánto capital necesitas de verdad: lo que queda de hipoteca, los gastos de tu familia durante unos años, los estudios de tus hijos. Y si tu seguro de vida está ligado a la hipoteca, lo comparamos con lo que ofrece el mercado.
Qué puedes incluir
Ventajas de contratarlo con nosotros
Tranquilidad para tu familia
Un capital para mantener su nivel de vida cuando más lo necesitan.
La hipoteca, cubierta
Tu familia conserva la casa y no hereda la deuda.
Comparado fuera del banco
El precio depende de tu edad y de tu salud. Comparar suele notarse en la cuota.
Tú decides a quién
Designas a tus beneficiarios y puedes cambiarlos cuando quieras.
Comparamos por ti y te lo contamos claro
No trabajamos para ninguna aseguradora: trabajamos para ti. Por eso podemos decirte con libertad qué póliza te conviene y cuál no.
Preguntas frecuentes sobre el seguro de vida
¿Estoy obligado a contratar el seguro de vida con el banco de mi hipoteca?
No. La ley no obliga a tener un seguro de vida para firmar una hipoteca. El banco puede ofrecerte una rebaja del tipo de interés si lo contratas con él, pero tienes derecho a presentar una póliza alternativa. Te calculamos qué opción te sale mejor.
¿Cuánto capital debería asegurar?
Como orientación, lo suficiente para cancelar tus deudas y mantener los ingresos de tu familia durante varios años. Lo calculamos contigo en unos minutos.
¿Tengo que pasar un reconocimiento médico?
Normalmente basta con un cuestionario de salud. Según tu edad y el capital que quieras contratar, la aseguradora puede pedir una entrevista telefónica o alguna prueba.
¿Qué impuestos paga quien cobra el seguro?
Cuando el beneficiario es una persona distinta de quien contrató la póliza, lo habitual es que tribute en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con las reducciones que correspondan. Te explicamos tu caso concreto.
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